Non omnis moriar PDF Drucken E-Mail
Geschrieben von: John Jairo Rodríguez   
Sonntag, den 04. September 2011 um 10:36 Uhr

librolanzamiento[A propósito del Libro Tránsitos de un hijo al alba,

de Erik Arellana Bautista o Chico Bauti, que es lo mismo]

A Todos quienes han luchado por un país mejor

y han terminado asesinados

por apostarle a la hazaña heroica de defender la vida,

A Nydia Erika Bautista (q.e.p.d.),

Erik Arellana Bautista,

y sobre todo a Antonia.

“El olvido entierra rostros y voces,

pero la palabra logra traer de vuelta a los ausentes y a los silenciados”.

YESID CAMPOS ZORNOSA

Non omnis moriar, no me moriré del todo, dijo el poeta latino Horacio, sin pensarlo dos veces, y yo confirmo su inmortalidad, leyéndolo todavía, dejándome atravesar la vida por sus versos quemantes para que, también por mí, nunca se muera del todo.

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Cooperación internacional fortalece investigaciones por desaparición forzada PDF Drucken E-Mail
Geschrieben von: la Redacción   
Freitag, den 25. März 2011 um 09:02 Uhr

La Fiscalía General de la Nación, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas y la Embajada Británica en Colombia, presentaron el martes 22 de marzo dos herramientas creadas para fortalecer la lucha contra el crimen de desaparición forzada: La 'Unidad Nacional de Fiscalía contra los Delitos de Desaparición y Desplazamiento Forzados' y el 'Plan de Investigación para el Delito de Desaparición Forzada de Personas'.

El evento, que se llevó a cabo en las instalaciones de UNODC, contó con la presencia de la Fiscal General de la Nación, Viviane Morales Hoyos; el Embajador Británico, John Dew; el representante de ACNUDH, Christian Salazar, y el Oficial (e) de UNODC en Colombia, Kristian Hölge.

Según el Registro Nacional de Desaparecidos, se reportan más de 55.000 casos de desaparición, de los cuales más de 8000 han aparecido vivos y casi 2000 han sido encontrados muertos. Por lo tanto, según este mismo registro, 45050 personas siguen desaparecidas, de las cuales más de 15.000 están clasificadas como presuntas desapariciones forzadas. Estas son cifras alarmantes para el Estado Colombiano y para la Comunidad Internacional.

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Consejo de Estado arremete contra reintegro de general (r) Velandia PDF Drucken E-Mail
Geschrieben von: El Espectador   
Freitag, den 11. März 2011 um 16:16 Uhr
El presidente del Consejo de Estado, Mauricio Fajardo, criticó el fallo de una sala de conjueces que echó abajo la decisión de esa misma colegiatura de revivir la destitución del general (r) Álvaro Velandia Hurtado por la desaparición de la guerrillera del M-19 Nidia Érika Bautista, y señaló que no se pueden seguir atacando las decisiones de órganos judiciales de última instancia, a través de tutelas.

El magistrado recordó que desde 1992 la misma Corte Constitucional sostuvo que excedía los límites impuestos por la Carta Política el hecho de utilizar la tutela como un mecanismo para controvertir determinaciones jurídicas que fueron ratificadas en todas las instancias, y de ahí que no fuera viable ordenar la restitución del oficial (r) al Ejército Nacional.

“Con el fallo que adoptó la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo culminaron todas las posibilidades de actuación judicial en relación con ese caso”, sostuvo Fajardo, respaldando la decisión de 2009, en la cual el Consejo de Estado tumbó la anulación del acto administrativo a través del cual se había ordenado la destitución de Velandia Hurtado.

En 1995 la Procuraduría determinó que el exuniformado, como máxima cabeza del Comando de Inteligencia y Contra Inteligencia, Coici, incurrió en falta disciplinaria gravísima al no impedir que la guerrillera del M-19 fuera torturada, ejecutada y desaparecida, como lo estuvo desde 1987 hasta 1990, cuando fue hallado su cadáver, que había sido sepultado como N. N. en el cementerio de Guayabetal, Cundinamarca.

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La Convención contra las desapariciones forzadas: una lucha y un sueño hecho realidad PDF Drucken E-Mail
Geschrieben von: la Redacción   
Montag, den 18. Oktober 2010 um 09:38 Uhr

 La Convención de Naciones Unidas contra las desapariciones forzadas que entrará en vigor con el país número veinte (20) que la ratifique, que como van las cosas será Colombia esta misma semana, encierra toda una vida de lucha de los y las familiares de los desaparecidos y del movimiento de derechos humanos en el mundo. Este es un tratado internacional distinto a todos los demás, porque no fue fácil su nacimiento propuesto desde 1981 en el Coloquio de París, porque nació de las entrañas de las Madres de la Plaza de Mayo, de diversas generaciones de FEDEFAM, de los y las familiares de víctimas de todas partes del mundo que construyeron distintas versiones y crearon distintos espacios auspiciados y llenos de contenido por importantes juristas y defensores de derechos humanos de la talla de Federico Andreu-Guzmán, colombiano, Rodolfo Mattarrollo, argentino y Wilder Tyler, uruguayo.

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La aprobación de la Convención sobre Desapariciones Forzadas: aún resta un paso fundamental PDF Drucken E-Mail
Geschrieben von: Amnistía Internacional   
Mittwoch, den 20. Oktober 2010 um 09:29 Uhr

DECLARACIÓN PÚBLICA

20 de octubre de 2010 AMR 23/032/2010 Colombia: 

La aprobación de la Convención sobre Desapariciones Forzadas por la plenaria de la Cámara de Representantes en la noche de ayer es una decisión acertada y trascendente de las autoridades colombianas. Sin embargo, en aras a dotar a la Convención de todo su alcance, el Presidente Santos debería añadir al instrumento de ratificación que debe depositarse en la sede la ONU las declaraciones prevista en los artículos 31 y 32 de la misma que establecen el reconocimiento de los estados de la competencia del Comité para recibir y examinar las comunicaciones presentadas por las víctimas de desapariciones o sus familiares o por otros estados. Sin la mentada aceptación de la competencia, que ya han admitido plenamente cinco estados, la efectividad de la Convención en Colombia será meramente declamatoria, pues se privará al ente encargado de monitorear el cumplimiento de las disposiciones de la Convención de toda facultad de control o supervisión.

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